Humanities › Issues Sección 8 de ayuda para alquiler: requisitos y cómo aplicar Consecuencias migratorias de aceptar subsidio Sección 8 Share Flipboard Email Print La Sección 8 es un subsidio para el pago de alquiler de vivienda. Alice Mollon / Getty Images Issues Immigration Inmigración en Español Immigration Politics The U. S. Government U.S. Foreign Policy U.S. Liberal Politics U.S. Conservative Politics Women's Issues Civil Liberties The Middle East Race Relations Crime & Punishment Canadian Government Understanding Types of Government View More By María Rodríguez María Rodríguez Facebook Twitter B.A., Political Science, City University of New York María Rodríguez es politóloga especialista en leyes y asuntos migratorios de Estados Unidos. Learn about our Editorial Process Updated on February 17, 2020 El programa Voucher Sección 8 permite que personas y familias con ingresos bajos, jubilados o discapacitados reciban un subsidio económico para el pago del alquiler de su vivienda. Conocida también como Programa de Sección 8 de Vales para el Alquiler de Viviendas, la ayuda permite que el inquilino escoja la vivienda que desea alquilar, en tanto esta cumpla con estándares mínimos sanitarios y de seguridad establecidos en la ley, y que el propietario esté de acuerdo en participar en el programa. Además, una vez que el voucher es aprobado, el inquilino puede utilizarlo para alquilar otra vivienda en el futuro, incluso en otro estado. Puntos Clave: Voucher Sección 8 para el alquiler de viviendas Los inquilinos seleccionados para recibir la ayuda del Voucher Sección 8 pueden elegir su vivienda libremente. También pueden mudarse sin perder la ayuda y hasta cambiar de estado. El monto del voucher es determinado según varios factores, entre los cuales destacan el lugar donde está ubicada la vivienda y el tamaño de la misma. Las familias con régimen migratorio mixto pueden beneficiarse de esta ayuda, pero el monto de la subvención se calcula sin tener en cuenta a los miembros sin estatus. Efectos migratorios: puede ser un factor negativo en las peticiones de familia a través del proceso consular y desde el 24 de febrero de 2020 en muchas de las peticiones de ajuste de estatus. dentro de Estados Unidos. Beneficios: los que reciben este tipo de ayuda para la vivienda podrían calificar para no pagar algunas de las tarifas migratorias de USCIS. Este programa, conocido en inglés por su nombre oficial de Section 8 Housing Choice Voucher Program, es administrado por el Departamento de Urbanismo y Desarrollo Urbano (HUD, por sus siglas en inglés) y se implementa localmente a través de las agencias conocidas como Autoridad de Vivienda Local (PHA, por sus siglas en inglés). ¿Cómo se determina el monto de la ayuda para alquiler en el programa Voucher Sección 8? Para fijar el monto de la ayuda mensual que se puede recibir se tienen en cuenta los siguientes factores: La cantidad fijada como alquiler de mercado justo (Fair Market Rent, en inglés)Pago estándarParte que corresponde al inquilinoAsignación para servicios esenciales Alquiler de mercado justo El primer paso es establecer cuál es el alquiler de mercado justo en el lugar de residencia del solicitante del voucher. Para ello, el HUD fija anualmente cuál es el índice de alquiler de mercado justo en más de 2.500 áreas. Esta cantidad varía dependiendo de la zona del país y del tamaño de la vivienda. Por ejemplo, el alquiler de mercado justo para una vivienda de dos cuartos en Abilene, Texas, está fijada para el año fiscal 2020 en $863/mes. Sin embargo, en San Francisco, California, asciende a $3.339. Pago estándar Una vez que el HUD ha establecido el alquiler de mercado justo, la PHA afina esa cantidad teniendo en cuenta las variaciones dentro de una misma área. La cantidad final puede oscilar entre el 90 y el 110 por ciento del alquiler de mercado justo fijado por el HUD. Parte del inquilino El inquilino debe colaborar al pago de la renta. Su aportación debe ser la cantidad más alta de cualquiera de las siguientes opciones: El 30 por ciento de sus ingresos mensuales ajustados, es decir, menos deducciones fijadas por leyEl 10 por ciento de sus ingresos brutos mensualesCantidad mínima fijada por ley Por ejemplo, una familia a la que le correspondería una vivienda con dos cuartos en un área con un alquiler de mercado justo de $863 y con un ingreso de $20.000 brutos al año, podría utilizar los siguientes cálculos: Partiendo de $20.000 anuales brutos: el ingreso debe dividirse entre 12 meses y así se obtienen $1.666 brutos/mes. El 10 por ciento de dicha cantidad son $166.Partiendo de $20.000 anuales brutos menos deducciones: tomando en cuenta deducciones de $8.000, por ejemplo, se obtienen $12.000 año/netos. Lo cual se traduce en $1.000 mes/netos. El 30 por ciento de dicha cantidad son $300. Como $300 es una cantidad mayor a $166, la aportación de la familia a su alquiler son $300. La diferencia entre $863, que es el alquiler de mercado justo, y los $300 de aportación de la familia, es decir, $563, sería pagado por el voucher. Gastos para servicios esenciales Finalmente, se tiene en cuenta el costo de servicios como gas y electricidad. Si no están incluidos en el precio del alquiler, se calculan en la ayuda. Cabe destacar que en casos excepcionales se permite a los inquilinos alquilar una vivienda con un precio superior al alquiler de mercado justo. En estos casos, el inquilino debe correr con ese gasto extra y el costo total de la renta no puede superar el 40 por ciento de sus ingresos netos. ¿Quiénes pueden solicitar la Sección 8 de ayuda para alquiler? Cuatro categorías de requisitos deben tenerse en cuenta: estatus de familia, ingresos económicos, historial de desahucio y situación migratoria. Estatus de familia Para la Sección 8, una familia puede estar comprendida por una única persona o por un grupo de personas donde se cumple al menos uno de los siguientes requisitos: Presencia de niñosUno de los componentes de la familia tiene, al menos, 62 añosUno de los miembros de la familia tiene una discapacidadLa persona o el grupo de personas ha sido desplazado de su hogar, por ejemplo, por un huracán, tornado, incendio u otro desastre natural o reconocido por el gobiernoSe trata de una persona que permanece en una vivienda que ya tenía Sección 8, aunque los otros inquilinos que componían su grupo familiar se han idoEs una persona soltera que no encaja en ninguna de las situaciones anteriores. Requisitos económicos para recibir ayuda de la Sección 8 Pueden beneficiarse de la Sección 8 las personas y familias con ingresos anuales: Extremadamente bajos (30% del ingreso medio en un área determinada)Muy bajos (50% del ingreso medio en un área determinada)Bajos (80% del ingreso medio en un área determinada) A la hora de aprobar las solicitudes se da preferencia a los ingresos más bajos sobre los menos bajos. La HUD es la agencia encargada de fijar dichos ingresos para las distintas áreas del país tomando en cuenta el tamaño de la unidad familiar. Los resultados que se obtienen al considerar esos dos factores indican niveles de ingresos muy distintos a la hora de calificar para solicitar la Sección 8. Por ejemplo, en Abilene, Texas, donde los ingresos medios son de $62.900, se considera que una unidad familiar de una persona tiene ingresos extraordinariamente bajos cuando son inferiores a $13.200, son muy bajos cuando no llegan a $22.050 y son bajos por debajo de $35.250. Sin embargo, en San Francisco, California, donde la los ingresos medios alcanzan los $136.800, la misma unidad familiar de una persona califica como de ingresos extraordinariamente bajos con menos de $33.850 al año, se considera con ingresos muy bajos por debajo de $56.450 y con ingresos bajos si no alcanza los $90.450 anualmente. Como ingresos se computan, entre otros: salario, horas extraordinarias, propinas, comisiones, pensión de alimentos a ex cónyuge —alimony, en inglés— manutención a hijos —child support—, cheques de jubilación, dividendos por ahorros, desempleo, lotería, welfare, pensión por incapacidad, etc. Cabe destacar que cualquier padre o madre que convive con sus hijos puede acudir a los servicios sociales del estado para reclamar pensión de manutención para los hijos si no se recibe y se cree que se tiene derecho a recibirla Historial de desahucio Está prohibido por ley que reciba el subsidio de Sección 8 cualquier persona que haya sido desahuciada previamente por cualquiera de las razones siguientes: Producción de metanfetaminas en una vivienda que es un proyecto públicoPor haber cometido un crimen relacionado con drogas en los últimos tres años Además, los propietarios pueden solicitar un reporte de antecedentes penales y de historial crediticio y pueden rechazar a un inquilino por su pasado delictivo o por mal crédito. Situación migratoria Los ciudadanos americanos que cumplen todos los requisitos anteriores pueden beneficiarse del programa Sección 8, pero deben firmar un documento asegurando que todos los miembros de su familia son ciudadanos o residentes permanentes. En el caso de familias con estatus migratorio mixto, los ciudadanos pueden solicitar el voucher, pero esas circunstancias se toman en cuenta a la hora de determinar el monto de la ayuda. Además, las siguientes categorías de migrantes también están legitimados para solicitar la Sección 8, si cumplen con el resto de requisitos: Residentes permanentes legales Asilados y refugiados Residentes condicionales, como los cónyuges de ciudadanos en algunos casos Beneficiarios de la visa T por tráfico humano y programa VAWA Cubanos y haitianos que ingresaron con un parole, como el caso de Pies secos, pies mojados Abstención de la deportación (withdrawal removal, en inglés) Nacionales de islas Marshall, Palau, Marianas y Guam Los migrantes deben mostrar documentación que pruebe su estatus y deben firmar un documento en el que autorizan su verificación. Al igual que ocurre con los ciudadanos, los migrantes pueden solicitar la Sección 8 aunque no todos los miembros de su hogar tengan estatus que les permita calificar. Consecuencias migratorias de solicitar la Sección 8 Los residentes permanentes pueden aceptar la ayuda de la Sección 8 sin que afecte negativamente a su futura aplicación de la ciudadanía estadounidense por naturalización. En cuanto a los residentes y ciudadanos que piden a un familiar, en estos momentos recibir esta ayuda no afecta a las peticiones que se realizan mediante un ajuste de estatus. Sin embargo, sí puede ser un factor negativo en el caso de peticiones en las que se sigue el procedimiento consular, ya que el Departamento de Estado puede aplicar las nuevas reglas sobre carga pública. Cabe destacar que la Sección 8 puede ser un punto a tener en cuenta por el oficial consular, así como las declaraciones de bancarrota o el puntaje de crédito. Sin embargo, el disfrute de un beneficio público, un mal puntaje de crédito o una declaración previa de bancarrota no son suficientes, por sí solas, para provocar la no aprobación de una tarjeta de residencia. En otras palabras, el oficial consular toma en consideración la solicitud en su conjunto y no solo un aspecto de la misma. ¿Cómo se solicita la Sección 8? Para alquilar recibiendo la ayuda del programa Voucher Sección 8 debe completarse una aplicación con la oficina local de la PHA o con la sucursal de la HUD en el estado. Además, es necesaria una entrevista en persona y presentar todos los documentos requeridos. Si la aplicación es aprobada se firma un contrato entre el inquilino y el arrendador. Las listas de espera son comunes en algunas áreas; es posible, incluso, que las listas se cierren en determinados momentos. Otros programas de ayuda para el alquiler Tanto el gobierno federal como los estados, condados y municipios, así como organizaciones sin fin de lucro, tienen otros programas de ayuda para el alquiler, entre los que destacan: Viviendas de propiedad pública Ayudas para el alquiler en zonas rurales Subsidios para el alquiler para militares y veteranos Sección 8 para viviendas exclusivamente en Proyectos (Project-Based Rental Assistance). Estos últimos se caracterizan porque la ayuda está vinculada a una determinada propiedad, a diferencia de lo que ocurre con el programa Voucher, donde la ayuda se vincula a la unidad familiar. Fuente: Govinfo, https://www.govinfo.gov/app/details/USCODE-2011-title42/USCODE-2011-title42-chap8-subchapI-sec1437f. Este es un artículo informativo. No es asesoría legal. Cite this Article Format mla apa chicago Your Citation Rodríguez, María. "Sección 8 de ayuda para alquiler: requisitos y cómo aplicar." ThoughtCo, Aug. 28, 2020, thoughtco.com/seccion-8-ayuda-para-alquiler-4774300. Rodríguez, María. (2020, August 28). Sección 8 de ayuda para alquiler: requisitos y cómo aplicar. Retrieved from https://www.thoughtco.com/seccion-8-ayuda-para-alquiler-4774300 Rodríguez, María. "Sección 8 de ayuda para alquiler: requisitos y cómo aplicar." ThoughtCo. https://www.thoughtco.com/seccion-8-ayuda-para-alquiler-4774300 (accessed June 7, 2023). copy citation